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Nueva fiscalidad para las EPSV. ¿Cómo afectará a tu pensión?

Durante los meses de abril y mayo, las Juntas Generales de los tres territorios históricos de Euskadi han aprobado nuevas normas forales que introducen modificaciones significativas en el Régimen Fiscal de las Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV), como es el caso de LagunAro.
Estos cambios entrarán en vigor el 1 de enero de 2026 y afectarán tanto a la fase de aportación como a la del cobro de las prestaciones.
Límites fiscales a las aportaciones
Actualmente y hasta el 31 de diciembre de 2025, el marco fiscal permite a las personas mutualistas reducir su base imponible del impuesto sobre la renta (IRPF) hasta un máximo de 12.000 euros anuales, combinando hasta 8.000 euros por contribuciones empresariales y hasta 5.000 euros por aportaciones individuales.
A partir de 2026, los indicados límites parciales de 8.000 y 5.000 euros se mantienen, con algunas adecuaciones que todavía están pendientes de afinar, si bien el señalado límite conjunto de 12.000 euros anuales se reducirá a 10.000 euros.
Esta reducción afectará especialmente a las personas mutualistas en activo que complementan la contribución que realiza la cooperativa con aportaciones individuales adicionales a EPSVs como Arogestión Ahorro-Jubilación, EPSV de Empleo o a cualquier EPSV de las comercializadas por las entidades financieras, ya que dispondrán de un margen menor para alcanzar el máximo fiscalmente deducible.
Incentivos para el cobro en forma de renta
En cuanto al cobro de las prestaciones, en estos momentos, ya se perciban en forma de renta o en forma de capital, tributan como rendimiento del trabajo en el IRPF, si bien el rescate en forma de capital tiene una exención del 40%, siempre que se cumplan una serie de condiciones.
Por el contrario, en el caso de que la prestación se cobre en forma de renta (como es el caso de las pensiones de LagunAro, EPSV) hasta la fecha se tributa por la totalidad del importe cobrado en cada ejercicio, sin ningún tipo de exención, como sí puede suceder en el caso de cobrar en forma de capital.
Sin embargo, el tratamiento del cobro en forma de renta (vitalicia o con una duración mínima de quince años) se va a ver mejorado a partir de 2026 como consecuencia de las novedades fiscales recientemente aprobadas.
Para ello, del importe total de la pensión recibida mensualmente, se diferenciará la parte correspondiente a las aportaciones realizadas de la parte que corresponde a la rentabilidad obtenida por la gestión de las inversiones.
Así, por ejemplo, si una persona pensionista recibe una pensión mensual de LagunAro de 800 euros, la Entidad va a determinar cuánto de este importe se ha constituido gracias a las aportaciones realizadas por la cooperativa a favor de esta persona durante su vida de activo y cuánto corresponde a la rentabilidad financiera que LagunAro ha obtenido históricamente de la inversión de todas esas cuotas.
100% en Bizkaia; 40% en Gipuzkoa y Araba
La parte de las aportaciones seguirá tributando como rendimiento del trabajo, mientras que la parte proveniente de los rendimientos financieros estará exenta de tributación. Esta exención será del 100% de los rendimientos financieros en el caso de las personas que presentan su declaración de la renta en Bizkaia, y podrá alcanzar hasta el 40% de la prestación en el caso de las personas que presenten la declaración de la renta en Araba y Gipuzkoa.
Como se puede observar, se trata de una modificación relevante que incentiva de forma clara la opción del cobro en forma de renta, lo que representa una ventaja para las personas mutualistas y pensionistas de LagunAro, EPSV.
En cuanto al cobro en forma de capital, la exención fiscal del 40% que se aplicaba hasta 2025 se reducirá al 30% a partir del 1 de enero de 2026, y solo será aplicable sobre el capital generado por las aportaciones. El importe restante recibirá un tratamiento fiscal diferenciado: la parte correspondiente a las aportaciones tributará como rendimiento del trabajo (en la base general), mientras que los rendimientos financieros lo harán en la base del ahorro. Esta modificación afecta a los partícipes de Arogestión Ahorro-Jubilación, EPSV, donde la opción mayoritaria es el cobro en forma de capital. Es importante destacar, que los capitales acumulados hasta el 31 de diciembre de 2025 mantendrán el régimen fiscal actual y podrán beneficiarse de la exención del 40%, mientras que a los derechos que se generen a partir de esa fecha se les aplicará la nueva normativa fiscal.
Desde LagunAro, EPSV se valora de forma positiva esta reforma fiscal, especialmente en lo que respecta al cobro en forma de renta, ya que refuerza el modelo de previsión social complementaria impulsado por el cooperativismo que pretende acompañar, en línea con lo que sucede en los sistemas públicos de pensiones, a la persona pensionista durante toda su fase pasiva, mediante el abono de una prestación de carácter vitalicio.
Prestación de Ayuda al Empleo: reflexión estratégica
La prestación de Ayuda al Empleo es la prestación que representa los valores de solidaridad, corresponsabilidad e interoperación de las cooperativas y del propio sistema LagunAro. Su finalidad es clara: proteger a las personas en situaciones de bajada de actividad, reestructuración o cierre de cooperativas, ya sea facilitando su reubicación en otras cooperativas, o mediante prestaciones económicas como el calendario móvil o la ayuda por desempleo. A cierre de 2024, 563 personas se encontraban en situación de desempleo estructural, la mayoría de ellas provisionalmente reubicadas en otras cooperativas. Aunque el balance de los últimos años es positivo, se identifican retos importantes que invitan a la reflexión. En este contexto, y siendo uno de los ejes clave del Plan Estratégico 2025-2028, LagunAro, en colaboración con MONDRAGON, va a abrir un proceso de escucha y a recoger diferentes visiones y propuestas que permitan reforzar y evolucionar esta prestación, manteniendo vivo el compromiso cooperativo con el empleo y las personas.
LagunAro y FREMAP: nueva colaboración
Desde el año 2019, a raíz de la obligatoriedad de incluir la cobertura de las contingencias profesionales en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), LagunAro, EPSV ha gestionado de manera integral las contingencias profesionales de las personas mutualistas.
Durante estos años, en el ámbito de la prestación sanitaria, se han detectado determinados ámbitos de mejora, por lo que LagunAro ha formalizado un convenio de colaboración con la Mutua FREMAP para poder gestionar de una forma integral el proceso sanitario derivado de una contingencia profesional. Cabe destacar que FREMAP es una entidad con amplia experiencia en la gestión sanitaria de contingencias profesionales, y que ya trabaja en muchas de las cooperativas adheridas a LagunAro, dando cobertura a las personas trabajadoras por cuenta ajena. Este cambio ha entrado en vigor hoy.