Más leído
- 1. Lana y Etorki inauguran el aserradero más eficiente del sur de Europa
- 2. Erreka Medical integra Microliquid para avanzar en el ámbito de la salud
- 3. Arranca Harrobia: el alumnado de Mondragon Unibertsitatea ya puede inscribirse en los proyectos
- 4. Formación Profesional de MONDRAGON: el talento se queda en las cooperativas
- 5. LANKI Ikertegia ofrecerá por primera vez la formación “Kooperatibara HURBILTZEN”
- 6. I Foro de Energía de Ategi: Energía, industria y competitividad en la Transición Energética
La justicia vuelve a dar la razón a MONDRAGON y la absuelve de todas las pretensiones de los demandantes
La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha hecho pública hoy la sentencia sobre la demanda promovida por un colectivo de socios de Fagor Electrodomésticos y Edesa integrados en las asociaciones Ordaindu/Eskuratu contra la Corporación MONDRAGON.
En la resolución la justicia vuelve a dar la razón a MONDRAGON y la absuelve de todas las pretensiones de los demandantes.
La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha desestimado íntegramente el recurso planteado por los demandantes. El Tribunal confirma la prescripción de la acción apreciada por la sentencia del Juzgado número 1 de Bergara y además rechaza completamente el planteamiento de la demanda. En una extensa relación de hechos probados la sentencia analiza el fondo de la cuestión y declara que los demandantes “disponían de información previa sobre la situación financiera de la cooperativa” haciendo hincapié en “los múltiples canales de información que disponían en sus respectivas cooperativas”, en referencia a Fagor Electrodomésticos y Edesa.
Asimismo, la sentencia desestima las acusaciones formuladas por los demandantes destacando el esfuerzo de solidaridad desarrollado por las cooperativas de MONDRAGON para apoyar a ambas cooperativas.
Valoración de MONDRAGON.
MONDRAGON ha valorado de forma muy positiva esta nueva sentencia que confirma todos los argumentos que ha defendido desde el primer momento. Y entre ellos destaca que MONDRAGON no engañó a los demandantes, que las cooperativas son autónomas y soberanas, y que la responsabilidad de las decisiones sobre su futuro es exclusivamente suya e indelegable a cualquier otra instancia.