Informes de evaluación de exposición inhalatoria a agentes químicos

Informes de evaluación de exposición inhalatoria a agentes químicos

Osarten
Los agentes químicos constituyen uno de los tipos de riesgo más significativos para la salud y seguridad de las personas trabajadoras en las empresas del sector industrial.
02/01/2018

En este artículo nos centraremos en explicar cómo los técnicos de prevención evaluamos los riesgos derivados de las exposiciones inhalatorias a agentes químicos en entornos industriales, con el fin de prevenir enfermedades originadas por las condiciones del entorno laboral. Primeramente, es importante diferenciar dos conceptos distintos: la “evaluación de la exposición” y la “evaluación de riesgos”.

Evaluación de la exposición

La evaluación de la exposición es el análisis del cual se concluye si una exposición inhalatoria es aceptable o inaceptable respecto a unos valores límite ambientales (VLA) establecidos legalmente o reconocidos por organismos de reconocido prestigio (INSHT, ACGIH, OSHA, DFG, INRS, HSE, etc.).

Se define como valor límite ambiental de exposición diaria, a la concentración media de un agente químico que no debiera superarse, medida o calculada en la zona de respiración del trabajador, de forma ponderada con respecto al tiempo, para la jornada laboral real y referida a una jornada estándar de ocho horas diarias.

El valor límite ambiental de exposición corta tiene la misma concepción pero referida a  cualquier período de 15 minutos a lo largo de la jornada laboral.

Partiendo de unas referencias máximas a no superar en ninguna jornada, se definirá como categoría de exposición aceptable, a aquella en la que tras comparar la concentración ambiental y un valor límite ambiental (VLA), se pueda concluir que es muy improbable que la exposición observada  supere dicho valor límite. Esta situación no requiere la adopción de medidas complementarias, sino tan sólo velar por el mantenimiento de las condiciones que dan lugar a ser aceptable.

Por el contrario,  será una exposición inaceptable, aquella situación de la que se tiene evidencia que de superar un VLA, o también que sin superarlo, el resultado es de tal magnitud que resulta probable que éste se supere en otras ocasiones no medidas directamente. Obviamente, en este caso, sería necesaria la implantación urgente de medidas correctoras y verificar su eficacia. 

Cuando la exposición observada es tal que no permite alcanzar ninguna de las dos conclusiones anteriores, a esta categoría de exposición se le puede denominar con varios términos, como por ejemplo “tolerable” o “indeterminación”. Es importante resaltar que cuando se emplea la palabra “indeterminación” no nos estamos refiriendo al resultado del procedimiento de evaluación, sino a las probabilidades de que no se supere el valor límite en jornadas o momentos no medidos. Para evitar este posible equívoco, se acordó que en los informes realizados en nuestro servicio de prevención se emplease el término “tolerable”, empleado también por Osalan.

En estos casos “tolerables”, es necesario avanzar en algunas de las siguientes opciones:  aumentar el número de mediciones,  hasta concluir si la situación, en términos estadísticos, es aceptable o no lo es;  o implantar directamente medidas de prevención y protección y volver a medir;  o bien, planificar una vigilancia periódica de la concentración ambiental, con la finalidad de comprobar de forma segura que la exposición se mantiene por debajo de los límites de forma continuada a lo largo del tiempo.  

Evaluaciones de exposición cualitativas

Hemos hablado de la probabilidad de superar o no valores límite ambientales, pero es importante comentar que esto no implica en modo alguno que siempre deban realizarse mediciones ambientales y mucho menos, mediciones de todos los contaminantes posibles. Antes de realizar cualquier medición es necesario realizar una evaluación de la exposición cualitativa.

Para ello,  partimos de que en el momento en que una empresa compra un preparado químico exige a su proveedor la Ficha de Datos de Seguridad (FDS), documento en cuyos apartados 3 y 8, el técnico de prevención  identifica los contaminantes químicos peligrosos y que le permitirán enjuiciar si su exposición inhalatoria es aceptable o no.

Cuando no procede tal FDS (por ejemplo, con granzas de polímeros para procesos de inyección, nanomateriales, procesos donde se generan sustancias intermedias y subproductos) el técnico de prevención inferirá a través de su experiencia la identidad de los potenciales agentes químicos peligrosos.

Una vez identificados los agentes químicos, es necesario conocer la magnitud del peligro asociado, es decir, la potencialidad intrínseca de generar daño. Esta información vendrá dada  a través de las frases H, en la propia FDS  o a través de la clasificación de peligros asociados  a cada sustancia según el reglamento conocido como CLP.

El siguiente paso será conocer cómo se va a emplear el preparado, es decir, si durante su empleo las sustancias identificadas serán evaporadas, o  aerosolizadas,  o si tratándose de un sólido,  se generará polvo.

Con las anteriores  estimaciones, y conociendo  las cantidades empleadas  los técnicos de prevención, guiados por una sistemática, por ejemplo, la conocida  como el método COSHH Essentials, llegaremos a graduar  la probabilidad de una exposición con la severidad de sus consecuencias, concluyendo de manera cualitativa en el denominado Nivel de Riesgo Potencial (NRP), que en el mencionado método tiene cuatro niveles:

  • El NRP  de nivel 1, será indicador de una exposición aceptable, no requiriéndose más medidas preventivas que los principios generales de prevención (una correcta renovación de aire limpio) o las que hubiesen sido implantadas o diseñadas para llegar a la  conclusión de un NRP igual a 1.
  • NRPs iguales a 2 o superiores, implicarían la adopción de medidas de prevención específicas, tales como aspiraciones, enceramientos u otras medidas. Una vez implantadas estas medidas, estos NRPs exigen una verificación ambiental, es decir, evaluaciones cuantitativas de la exposición. 

Es importante remarcar este punto, es decir, que toda evaluación cuantitativa de la exposición a agentes químicos requiere de una previa evaluación cualitativa. Esto lo establece la actual norma UNE EN 689 y lo hará todavía con un mayor énfasis su revisión cuya aprobación y publicación está prevista para 2018.

Todas las anteriores argumentaciones deben ser documentadas, para lo cual desde Osarten hace tiempo se desarrolló el aplicativo informático “Control de Productos químicos”, que actualmente ha sido sustituido por el aplicativo SEHTRA.

Evaluaciones de exposición cuantitativas

Si con las argumentaciones cualitativas no se ha podido demostrar que la exposición inhalatoria sea aceptable, será preceptiva su medición ambiental y su comparación con los Valores Límites de Exposición (VLA).

La medición ambiental consistirá en una toma de muestra del aire que el trabajador está respirando, para lo cual deberá establecerse una estrategia de muestreo.

La muestras así obtenidas serán enviadas  para su análisis químico a un laboratorio de Higiene Industrial, el cual se hace responsable del resultado, expresado en miligramos.  La cantidad hallada se dividirá por el volumen de aire muestreado y de esta forma obtendremos cual es la concentración ambiental del contaminante evaluado, que podrá ser expresada como “exposición diaria” o en forma de  “exposiciones cortas” si los muestreos han sido de 15 minutos.   Conocida la concentración ambiental, ésta se compara con los valores límites de exposición profesional, conocidos como VLA-ED si el límite se refiere a una exposición diaria y VLA-EC si se trata de evaluar una exposición corta, enjuiciándose la probabilidad de que se supere el valor límite de exposición diaria o el de corta exposición.

Evaluaciones de riesgo

Recordando que nos movemos en el terreno de la higiene industrial-agentes químicos, la evaluación de riesgos laborales es donde una vez identificados los contaminantes químicos, se estiman las probabilidades de su exposición (si es aceptable, tolerable o inaceptable)  y la severidad de sus consecuencias (irritante, nocivo, toxico, alérgeno, cancerígeno, mutágeno reprotóxico),  concluyéndose si proceden medidas de control y preventivas, y en su caso, su grado de prioridad.  Este documento debe ser conocido por toda persona que tenga capacidad de adoptar decisiones sobre las medidas recomendadas, además del facultativo de la vigilancia de la salud, y por supuesto, el trabajador implicado.